PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL
TERRORISMO (PLA/FT)
LESMANN TECHNOLOGIE & LEGAL GROUP S.A.C.
Estudio Jurídico | Defensa Penal Empresarial
RUC 20608020765
Domicilio: San Isidro, Lima, Perú
www.lesmann.pe
Versión actualizada a 23 de diciembre de 2025
Lesmann Technologie & Legal Group S.A.C. (en adelante, el “Estudio”), boutique jurídica fundada en 2021 y especializada en Derecho Penal Económico y Empresarial, Compliance y prevención de riesgos penales, adopta el presente Programa de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (en adelante, el “Programa PLA/FT”) como expresión de su compromiso institucional de tolerancia cero frente a cualquier conducta que pueda facilitar, encubrir o derivar en operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva o cualquier delito subyacente.
El Programa está diseñado con un enfoque sofisticado, risk-based y proporcional al perfil de riesgo del Estudio como sujeto obligado no financiero (profesionales del derecho), alineándose con los estándares internacionales más exigentes y la normativa nacional peruana:
• Recomendaciones del GAFI (FATF) – especialmente las Recomendaciones 1 (evaluación de riesgos), 10 (debida diligencia del cliente), 15 (nuevas tecnologías), 22 (DNFBP – Designated Non-Financial Businesses and Professions) y 23 (regulación y supervisión de abogados).
• Wolfsberg Group Principles para la gestión de riesgos en servicios legales (adaptados de private banking y correspondent banking).
• Directrices de la Unión Europea (6AMLD) y FCPA/UK Bribery Act en su dimensión de prevención de delitos financieros.
• Normativa nacional: Ley N° 27693 (creación de la UIF-Perú), Decreto Legislativo N° 1106, Decreto Legislativo N° 1249, Ley N° 30364, Resolución SBS N° 2660-2015 y modificatorias, Resolución UIF N° 001-2020 y normas sectoriales aplicables a profesionales independientes del derecho cuando actúan en actividades de alto riesgo (Recomendación 22 GAFI).
El Programa integra herramientas IA LawTech propias del Estudio para monitoreo predictivo, detección de patrones anómalos y gestión avanzada de riesgos, garantizando al mismo tiempo el irrestricto respeto al secreto profesional y la confidencialidad inherentes al ejercicio de la abogacía (artículo 30 del Código de Ética del Abogado).
1. Objetivos Estratégicos del Programa
a) Identificar, evaluar y mitigar riesgos de LA/FT inherentes a la actividad profesional del Estudio.
b) Cumplir con las obligaciones de sujeto obligado no financiero y demostrar diligencia debida ante la UIF-Perú y autoridades internacionales.
c) Proteger la integridad institucional, la reputación profesional y la confianza de clientes legítimos.
d) Servir como referente de mejores prácticas para clientes corporativos en diseño de Sistemas de Gestión de Riesgos LA/FT.
e) Facilitar la interoperabilidad con contrapartes internacionales bajo estándares FATF-compliant.
2. Ámbito de Aplicación
El Programa es de aplicación obligatoria y vinculante para todos los integrantes del Estudio, sin excepción:
• Socios principales (máxima responsabilidad estratégica y supervisión).
• Abogados asociados y colaboradores jurídicos.
• Asistentes legales y paralegales.
• Gerente General (gestión operativa y financiera).
• Personal administrativo, pasantes y terceros que actúen en nombre o por cuenta del Estudio (consultores externos, corresponsales internacionales).
Se aplica a todas las actividades, nacionales e internacionales, incluyendo aquellas que involucren transacciones financieras en representación de clientes (creación/gestión de sociedades, administración de bienes, transacciones inmobiliarias o financieras).
3. Gobernanza y Compromiso de la Alta Dirección
3.1. Tone at the Top
Los socios principales y el Gerente General declaran su compromiso incondicional con el Programa, liderando con el ejemplo y asignando recursos suficientes (presupuesto, tecnología IA LawTech y personal especializado).
3.2. Comité de Prevención LA/FT
Integrado por al menos dos socios principales, el Gerente General y el Oficial de Cumplimiento. Funciones: aprobación de políticas, revisión de alertas de alto riesgo y decisión sobre reportes a la UIF.
3.3. Oficial de Cumplimiento LA/FT (Money Laundering Reporting Officer – MLRO)
Designado con autonomía funcional e independencia jerárquica. Reporta directamente a la Dirección y al Comité. Funciones:
• Diseño, implementación y monitoreo continuo del Programa.
• Gestión de debida diligencia y alertas.
• Presentación de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la UIF-Perú.
• Coordinación con autoridades cuando proceda.
4. Evaluación de Riesgos (Risk-Based Approach – Recomendación 1 GAFI)
Se realiza una evaluación de riesgos institucional y por cliente anual y dinámica, considerando:
• Riesgos geográficos (jurisdicciones de alto riesgo según listas FATF y UIF-Perú).
• Riesgos por cliente (PEP, alto patrimonio, sectores sensibles).
• Riesgos transaccionales (pagos en efectivo, estructuras complejas, terceros países).
• Riesgos tecnológicos (uso de criptoactivos o nuevas tecnologías).
Se emplea IA LawTech para scoring de riesgo predictivo y monitoreo continuo.
5. Debida Diligencia del Cliente (CDD/EDD – Recomendaciones 10 y 22 GAFI)
5.1. Identificación y Verificación
Obligatoria para todo nuevo cliente y relación continua:
• Identificación formal (DNI, RUC, pasaporte).
• Verificación de beneficiario efectivo (UBO) mediante estructuras societarias.
• Screening contra listas sancionatorias (OFAC, ONU, UE, UIF-Perú).
5.2. Debida Diligencia Reforzada (EDD)
Aplicada en casos de alto riesgo (PEP nacionales/extranjeros, jurisdicciones no cooperantes, transacciones complejas o inusuales).
5.3. Debida Diligencia Simplificada
Solo en relaciones de bajo riesgo justificadas.
6. Monitoreo Continuo y Detección de Operaciones Inusuales/Sospechosas
• Monitoreo transaccional mediante IA LawTech (análisis de patrones, alertas automáticas).
• Registro obligatorio de operaciones en efectivo superiores a umbrales legales.
• Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) a la UIF-Perú en plazo legal (sin tipping-off).
7. Medidas Preventivas Específicas
• Política de Aceptación de Clientes: Rechazo automático de relaciones de alto riesgo no mitigable.
• Controles Financieros: Prohibición de pagos en efectivo significativos; trazabilidad total de honorarios.
• Gestión de Terceros: Due diligence a corresponsales internacionales.
• Confidencialidad vs. Reporte: Respeto estricto al secreto profesional, con reporte solo cuando exista indicio objetivo de delito (artículo 9 del Reglamento UIF).
8. Capacitación y Concienciación
Capacitación anual obligatoria (mínimo 12 horas), diferenciada:
• Socios y Gerente General: riesgos estratégicos, responsabilidad penal corporativa.
• Asistentes legales: red flags operativas y manejo de documentación.
Incluye certificaciones internacionales (CAMS, CFE) y simulacros con IA LawTech.
9. Canal de Denuncias Internas
Canal confidencial y anónimo 24/7: compliance@lesmann.pe y plataforma segura en www.lesmann.pe/compliance.
Garantía absoluta de no represalias.
10. Auditoría, Monitoreo y Mejora Continua
Auditorías internas anuales y externas bianuales (preferentemente por entidad certificada FATF-compliant). Revisión del Programa ante cambios normativos o incidentes.
11. Compromiso Final
Los socios principales y el Gerente General reafirman su liderazgo ético y compromiso total con un Programa sofisticado, risk-based y alineado con los estándares internacionales más exigentes.
Aprobado por:
Reiser López
Socio Fundador y Director
Lesmann Technologie & Legal Group S.A.C. posiciona su Programa PLA/FT como referente de excelencia en prevención de delitos financieros para el sector legal. Para más información: www.lesmann.pe
